FAD Febrero 2014 - page 38

38
|
F
A
D
Racó judicial
Un juez da la razón a una fisioterapeuta ante
las quejas de médicos rehabilitadores
A través del Colegio de Fisiotera-
peutas de Andalucía hemos sido
conocedores de que la justicia ha
respaldado la labor de una fisiotera-
peuta frente a las presiones y denun-
cias de médicos rehabilitadores.
Los sucesos tuvieron lugar en Andalu-
cía, en concreto en el Hospital Univer-
sitario “Virgen Macarena” de Sevilla,
donde el Tribunal Superior de Justi-
cia de esta Comunidad ha tenido que
clarificar el proceso de delimitación
de funciones entre las distintas cate-
gorías profesionales relacionadas con
la aplicación de tratamientos de reha-
bilitación en pacientes neurológicos,
siendo la instrucción favorable a la
fisioterapeuta, archivándose la causa,
por no apreciarse motivos de respon-
sabilidad disciplinaria, y recomendan-
do al hospital que adopte medidas
de carácter organizativo para confor-
mar un equipo multidisciplinar en el
que participen médicos especialistas
en Medicina Física y Rehabilitación y
fisioterapeutas.
Del informe se desprende que el
juez tras la consulta de la legislación
vigente (Ley 44/2003, de ordenación
de las Profesiones Sanitarias, Orden
CIN 2135/2008 por la que se estable-
cen los requisitos para la verificación
de los títulos universitarios oficiales
que habiliten para el ejercicio de
la profesión de fisioterapeuta, Es-
tatutos Generales del CGCFE o el
Plan de Estudios de la Universidad
de Sevilla) establece que en mate-
ria de competencias profesionales
existe una “imposibilidad de asumir
un planteamiento en el que se pre-
tenda la subordinación absoluta de
la Fisioterapia a la Medicina Física y
Rehabilitación, limitando la labor del
fisioterapeuta a la puesta en marcha
de las indicaciones recibidas por el
Médico Rehabilitador”.
Esta conclusión expresa con ro-
tundidad una realidad que ya no
sorprende a nadie y no es otra que
la autonomía del fisioterapeuta
con plena legitimidad para llevar a
cabo planes de actuación o diag-
nósticos en Fisioterapia, puntua-
lizando en el hecho de que no ha
de confundirse el diagnóstico de
enfermedades – atribuida a médi-
cos- con la valoración diagnóstica
de cuidados, atribuidos a la Fisio-
terapia.
Los hechos comenzaron con las
quejas del Servicio de Rehabilita-
ción por la actuación de la fisio-
terapeuta con los pacientes neu-
rológicos. Según el informe, el
incumplimiento sistemático de las
instrucciones de tratamiento pres-
Según el juez
es
imposible la subordinación
absoluta del fisioterapeuta
a las indicaciones del
Médico Rehabilitador
critas por el médico rehabilitador,
la aplicación de tratamientos por
decisión propia de la profesional
e inadecuados por el estado físico
del paciente, los tratamientos sin
la valoración especializada del mé-
dico rehabilitador o la indicación
de ortesis por su cuenta motiva-
ron esta instrucción ordenada por
la Dirección General del Hospital
Universitario “Virgen Macarena”.
Según declararon los integrantes
de la Unidad de Rehabilitación se
quejaban de que “pretende – la
fisioterapeuta- un afán de prota-
gonismo que no va en consonan-
cia con su categoría y cualificación
profesional. Intenta obviar por to-
dos los medios al médico rehabili-
tador (que es el único que puede
juzgar su actuación profesional)”.
También se le tomó declaración al
Jefe de Sección de Neurología y a
la propia afectada, que se defendió
alegando que antes del tratamien-
to hacía una valoración llegando
a un diagnóstico de Fisioterapia y
elaborando un programa de cuida-
1...,28,29,30,31,32,33,34,35,36,37 39,40,41,42,43,44,45,46,47,48,...64
Powered by FlippingBook